De acuerdo con el Manual de convenios y contratos, parte II, artículos 3 y 4, la suscripción de convenios con personas extranjeras es competencia exclusiva del Señor Rector. La suscripción de convenios con personas nacionales permite la aplicación de diferentes delegaciones:
► Vicerrector Académico.
► Vicerrector de Investigación.
► Vicerrectores de Sede.
► Decanos.
► Director de Centro e Institutos de Sede.
► Director Nacional de Biblioteca.